En un país desarrollado y europeo como es España, tener un puesto de trabajo es, si no la única, si la vía natural que integra a la persona dentro de la sociedad como ciudadano de pleno derecho. Pero encontrar trabajo no es tarea fácil, especialmente para las personas con algún tipo de discapacidad. Es un dato relevante que más del 70% de las personas discapacitadas en edad laboral, no tengan ocupación remunerada y, la mayoría de los que trabajan lo hacen en Centros Especiales de Empleo. (C.E.E.)
Pero, ¿Que es un Centro Especial de Empleo? Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 13/1982 , del 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, los Centros Especiales de Empleo son aquellos cuyo objetivo principal sea el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones de mercado, y teniendo como finalidad el asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores minusválidos, a la vez que sea un medio de integración del mayor número de minusválidos al régimen de trabajo normal.
La totalidad de la plantilla de los Centros Especiales de Empleo estará constituida por trabajadores minusválidos (considerándose minusválido a una persona con un 33% de discapacidad o superior), sin perjuicio de las plazas en plantilla de personal no minusválido, imprescindibles para el desarrollo de su actividad.
Además de la función social que los Centros Especiales de empleo han de cumplir y de sus peculiares características, su estructura y organización se ajusta a los de las empresas ordinarias, estando a su vez obligados a realizar una gestión sujeta a las mismas normas y requisitos que los que afectan a cualquier empresa del sector al que pertenezcan.
La creación de Centros Especiales de Empleo exige tener una calificación como tal, así como estar inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo que cada Administración Autonómicas tiene para así controlar las actividades de estos.